Regionales
Tribunal prohíbe al alcalde de Paihuano concurrir al Municipio tras ser formalizado por abuso sexual
La autoridad comunal habría obligado a la víctima a tocar su miembro sexual para que lo masturbara, señala crudo relato de la Fiscalía. Hecho habría ocurrido durante la madrugada del 5 de noviembre de 2022 al interior de una vivienda donde se desarrollaba una convivencia.

La autoridad comunal habría obligado a la víctima a tocar su miembro sexual para que lo masturbara, señala relato de la Fiscalía. Hecho habría ocurrido durante la madrugada del 5 de noviembre de 2022 al interior de una vivienda donde se desarrollaba una convivencia.
El juez de Garantía de Vicuña, Felipe Ravanal, resolvió prohibir al alcalde de Paihuano, Hernán Ahumada (RN), asistir a la municipalidad y a todo recinto de ese ayuntamiento, mientras dure la investigación por abuso sexual por la cual se lo formalizó, dándose un plazo de investigación de 120 días.
A su vez, se acogió el arraigo nacional derivado de la pena del delito, se prohibió la tenencia de armamento, municiones o cartuchos, acercarse a la victima y todo tipo de comunicación o con familiares, reserva de identidad, la de sus familiares y confidencialidad de sus datos. Sin embargo, quedó denegada la firma mensual.
Se aclaró que la prohibición de concurrir a toda dependencia municipal no significa que no pueda trabajar como alcalde ni está suspendido. Sólo que ahora deberá trabajar telemáticamente.
La víctima, una funcionaria municipal que se encuentra con protección de su identidad por la ley 21.675 Contra la Violencia de Género, permanece con licencia médica por tratamiento derivado del presunto abuso sexual por parte de la autoridad comunal y jefatura.
De esta manera, la autoridad podrá ejercer el cargo vía remota debido a que, tanto la víctima como el presunto victimario, conviven laboralmente bajo un mismo edificio. Esto está prohibido en la ley que estima riesgo de violencia de género.
El fiscal Manuel Carvajal, relató que el 5 de noviembre de 2022, en la madrugada, en una casa, el alcalde de Paihuano, Hernán Ahumada, “tomó la mano de la víctima haciéndola tocar el pene erecto en una oportunidad para luego insistir con el pene afuera de su pantalón para que lo masturbara”, por lo que el tribunal lo formalizó por el delito de abuso sexual.
Superior Jerárquico
La abogado querellante Bianca Pfeng solicitó como medidas cautelares del Código Procesal Penal, en su articulo 155, para que a Ahumada se le prohibiera acercarse a la víctima y a su familia, así como toda comunicación, incluso por redes sociales, y la prohibición de poseer armas de fuego, firma mensual y arraigo nacional.
A su vez, se acogió a las cautelares contempladas en la Ley 21.675 Contra la Violencia de Género pidiendo, además, la prohibición de Ahumada de concurrir a su lugar de trabajo (municipalidad) atendiendo que es una de las medidas de protección especiales a la que se puede acoger la victima considerando que el alcalde es el superior jerárquico por lo que se encuentra en una especial condición de vulnerabilidad.
Además acusó que la autoridad vulneró de manera indirecta la protección de identidad de la víctima, al publicar ayer miércoles, en su Facebook, una declaración donde señala que está siendo acusado por una funcionaria pública del municipio, generando más de 200 comentarios “en una comunidad pequeña como es Paihuano”, manifestó.

Señaló que esta publicación sería, también, una especie de amedrentamiento y que esto deja a la víctima en riesgo inminente de producirse violencia de género, contemplado en el artículo 33.
Por su parte, la fiscalía sólo pidió prohibición de acercarse a la víctima y reserva de divulgar su identidad.
La Defensa
El abogado defensor del alcalde Ahumada, Carlo Silva, conocido por defender a narcotraficantes, consideró “desproporcionadas” las cautelares pedidas por la querellante, no así a las solicitadas por la fiscalía que las calificó como adecuadas y sobre las cuales ya habían conversado.
En este sentido, pidió reserva de los antecedentes que proporcionaría al tribunal ya que se acogió a la medida de protección de la víctima, por lo que el juez resolvió dejar sin acceso a dicha información a la prensa, desconectando de la audiencia de los distintos medios de comunicación. Posteriormente, se retomó el acceso remoto para conocer la resolución.
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